India permite el 100% de IED en el sector de seguros por la vía automática.

Nueva Delhi: El miércoles, India implementó la propiedad extranjera de hasta el 100% en el sector de seguros con el objetivo de profundizar la penetración en el mercado de seguros y atraer inversión extranjera.

El Departamento de Industria y Promoción del Comercio Interior emitió la Nota de Prensa 1 (serie 2026) indicando que la inversión extranjera incluye inversores de cartera en compañías de seguros nacionales. Se permitirá bajo la vía automática. Está sujeto a la aprobación regulatoria y a la revisión de la Autoridad de Desarrollo y Regulación de Seguros de la India (IRDAI).

La enmienda de política alinea el marco de inversión extranjera con la Ley Sabka Bima Sabki Raksha (Enmienda a la Ley de Seguros) de 2025. El Ministerio de Finanzas había informado anteriormente que las disposiciones de la Ley, excepto la Sección 25, entrarían en vigor a partir del 5 de febrero.

Las compañías de seguros con IED deben tener al menos un ciudadano indio residente. Actuando como presidente Consejero Delegado o Consejero Delegado

El aumento de la participación extranjera está sujeto a las directrices de fijación de precios establecidas por el Banco de la Reserva de la India en virtud del Reglamento de Gestión de Divisas (Fema).


El límite del 100% también se aplica a los intermediarios de seguros. incluidos corredores Corredores de reaseguros, agentes corporativos, administradores externos, peritos y tasadores de pérdidas. Agente gerente general y tesorería de seguros Bajo normas IRDAI

Anteriormente, India había permitido la propiedad extranjera total de los intermediarios de seguros para 2020 y un 20% de IED en compañías de seguros de vida estatales para 2022.

Agencias como los bancos que actúan como intermediarios de seguros seguirán sujetas a las restricciones a la inversión extranjera que se aplican a sus sectores principales. siempre que los ingresos no relacionados con seguros deban exceder el 50% del total de los ingresos del ejercicio. Los intermediarios cuya propiedad mayoritaria sea de extranjeros deben constituirse como sociedades de responsabilidad limitada en virtud de la Ley de Sociedades de 2013.

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