Hasta ahora, cada MoU o acuerdo con un país extranjero tenía que ser aprobado previamente por el Gabinete.
Esto se debe a que la mayoría de estos acuerdos se alcanzaron después de una serie de consultas interministeriales. Por lo tanto, se considera que se ha realizado una investigación exhaustiva. La idea más importante dentro del gobierno es simplificar los procedimientos. y eliminar el engorroso requisito de celebrar una reunión de gabinete para aprobar incluso un MoU menor, que podría ser parte de un marco de cooperación bilateral más amplio, ha elaborado ET.
Se espera que esto proporcione una flexibilidad considerable antes de las visitas de alto nivel de la India o del Primer Ministro a otros países, reduciendo la burocracia procesal.
Según la comunicación del 18 de febrero a todos los ministerios de la Unión. Esto se considera un cambio significativo en las reglas. Ley del Gobierno de la India (Transacciones Comerciales) de 1961 relativa a la aprobación de un MoU/acuerdo internacional. La acción previa del Gabinete de la Unión ya no será necesaria para los ‘instrumentos internacionales’ firmados durante las visitas oficiales del Primer Ministro a países extranjeros o cuando un Jefe de Estado/Gobierno de un país extranjero visite la India. Están sujetos a revisión por parte del MEA y no tienen implicaciones financieras vinculantes. El centro ha tomado una decisión.
Sin embargo, la exención no se aplica a ningún instrumento internacional. Esto debe presentarse al Gabinete de Seguridad. La Secretaría de Gabinete ET ha compilado y comunicado directrices. Nueva ‘desregulación’ para todos los ministerios Declaró que la derogación del anterior requisito de aprobación del Gabinete estaría sujeta a ciertas condiciones.
“Además, estas recomendaciones no se aplicarán a ningún instrumento internacional. Esto debe presentarse ante el Comité de Seguridad del Gabinete. Para otros instrumentos internacionales que no se firmen durante una visita oficial del Primer Ministro al extranjero o durante una visita oficial de un Jefe de Estado o de Gobierno extranjero a la India. Las directrices existentes seguirán aplicándose”, se destacó en la dirección del 18 de febrero. En primer lugar, el Departamento Legal y de Tratados de los AMUMA debería revisar dichos instrumentos internacionales. En segundo lugar, no se creó ningún instrumento internacional que tuviera “implicaciones financieras vinculantes”, con consultas interministeriales según fuera necesario, y cuarto, los instrumentos no contenían las palabras “tratado”, “convención” o “acuerdo” en el título, según la comunicación.
Por lo tanto, el AMUMA ha encargado un memorando del Gabinete para preparar una lista de todos esos instrumentos internacionales que se presentará al Gabinete cada seis meses. Una lista de todos esos instrumentos internacionales firmados se incluirá en un apéndice del presente memorando del Gabinete. Según las recomendaciones de la Secretaría de Gabinete
MEA ha compilado y emitido pautas para crear flexibilidad en este proceso.













