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El Tribunal de Justicia Europeo (TJUE) dictaminó el jueves que la prohibición de Bulgaria de cambiar el marcador de género en los certificados de nacimiento de personas transgénero viola la ley europea, en particular las normas de libertad de movimiento, en una decisión histórica informada por el TJUE. Telégrafo. El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictaminó que las normas de la UE, en este caso, reemplazan a las leyes nacionales.
El caso se centró en Shipova, una mujer transgénero búlgara que se mudó a Italia, donde inició un tratamiento hormonal. Sin embargo, su solicitud para cambiar el sexo en su certificado de nacimiento en su país de origen fue rechazada, lo que llevó al conflicto legal que ahora se ha resuelto.
El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas dictaminó que Šipova estaba ejerciendo su derecho a la libertad de movimiento y, por lo tanto, estaba protegida por las leyes de la UE que protegen la identidad de género. Según la Comisión Europea, todos los ciudadanos de la UE y sus familias tienen derecho a circular y residir libremente dentro de los estados miembros, una ley conocida como “Libertad de movimiento“.
Los jueces dictaminaron que el derecho a la libertad de circulación “protege la identidad de género y obliga a los Estados miembros a proporcionar procedimientos claros, accesibles y eficaces para su reconocimiento legal”, en una decisión que se aplica a los 27 países que actualmente forman parte de la Unión Europea. El fallo continúa: “El tribunal observa que la discrepancia entre la identidad de género que experimenta una persona y los datos de género que aparecen en su cédula de identidad conduce a un impedimento en el ejercicio de su derecho a la libertad de circulación”.
La decisión del Tribunal de Justicia Europeo volverá ahora al tribunal búlgaro; El tribunal del país remitió el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea para garantizar que no viola las normas de la UE.
En septiembre, antes de esta decisión, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea emitió un dictamen no vinculante afirmando que Bulgaria debe emitir documentos que reflejen la experiencia vivida por una persona trans, como informaron medios alemanes. ola alemana. En su opinión, el Abogado General Richard de Latour escribió que cualquier ley que “impida a esa persona disfrutar de un derecho garantizado por el derecho de la UE, como la obtención de un documento de identidad que le permita ejercer su derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, constituye una restricción de ese derecho”.
Según los medios, el Tribunal Supremo de Bulgaria dictaminó en 2023 que a las personas trans ya no se les permitirá cambiar el marcador de género en sus documentos. Perspectiva balcánica. El poder judicial afirmó entonces que “la Constitución y la legislación búlgaras se basan en una comprensión de la doble existencia del género humano”.
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